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Abierta convocatoria de ayudas económicas para el sector industrial frente a la crisis de la COVID-19

El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo a través de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña Empresa (SGIPYME) ha establecido un programa que apoya mediante préstamos reembolsables la competitividad de las empresas del sector manufacturero en el contexto de salida de la crisis sanitaria derivada de la COVID-19.

Este programa está alineado con los objetivos de reactivación de la economía en general y del sector industrial en particular, y pretende aumentar el peso relativo del sector industrial en la economía y de la resiliencia del sector productivo nacional. La reactivación, además, ha de ser coherente con el marco de la Unión Europea, que apunta a una recuperación en clave ecológica, alineada con el Pacto Verde Europeo, sobre la base de la neutralidad climática y la economía circular y sostenible.

Las actuaciones deben referirse a actividades en la Sección C – Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009). Adicionalmente, se incluirán también las actividades encuadradas en la sección 38.3x, siempre que dispongan en el momento de la solicitud de la correspondiente autorización de gestión de residuos, y el proyecto a realizar se clasifique como perteneciente a las operaciones de valorización: R2, R3, R4, R5 (con exclusión de la limpieza de suelos), R6, R7, R8, R9, R11 y R12 (con exclusión del desmontaje, la clasificación, el secado, el acondicionamiento, el reenvasado, la combinación o la mezcla).

El sector extractivo no es beneficiario por tanto de estas ayudas, pero sí algunas de sus actividades auxiliares:

2320.- Fabricación de productos cerámicos refractarios

2331.- Fabricación de azulejos y baldosas de cerámica

2332.- Fabricación de ladrillos, tejas y productos de tierras cocidas para la construcción

2341.- Fabricación de artículos cerámicos de uso doméstico y ornamental

2343.- Fabricación de aisladores y piezas aislantes de material cerámico

2344.- Fabricación de otros productos cerámicos de uso técnico

2349.- Fabricación de otros productos cerámicos

2351.- Fabricación de cemento

2352.- Fabricación de cal y yeso

2361.- Fabricación de elementos de hormigón para la construcción

2362.- Fabricación de elementos de yeso para la construcción

2363.- Fabricación de hormigón fresco

2364.- Fabricación de mortero

2365.- Fabricación de fibrocemento

2369.- Fabricación de otros productos de hormigón, yeso y cemento

2370.- Corte, tallado y acabado de la piedra

2391.- Fabricación de productos abrasivos

2399.- Fabricación de otros productos minerales no metálicos n.c.o.p.

Dentro de las actuaciones subvencionables se encuentran aquellas inversiones destinadas a avanzar hacia:

  • La digitalización, entendida como el uso intensivo y a escala industrial de los habilitadores digitales en procesos productivos.
  • La reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.
  • La introducción de la economía circular en el proceso productivo.
  • La prevención de la contaminación de la atmósfera, los recursos hídricos o el suelo

Los destinatarios son empresas privadas del sector manufacturero con personalidad jurídica propia que lleven a cabo proyectos de inversión industrial productiva. Las condiciones de financiación son especialmente ventajosas para pymes. Por una parte, con tipos de interés muy atractivos, especialmente durante los tres primeros años, de forma diferencial a las grandes empresas. Y por otra, fijando el tope de financiación por empresa de 800.000 euros, sin tener en cuenta su tamaño.

Se trata de un apoyo financiero en régimen de concurrencia competitiva y la ayuda otorgada en forma de préstamos reembolsables podrá amortizarse en 6 años con 3 de carencia.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el próximo 20 de agosto. Consulta aquí las condiciones y el método de presentación de solicitudes.