EL CICLO MINERO

La ejecución de las actividades extractivas en Galicia está encomendada a iniciativas privadas a través de concesiones y siempre, bajo la estricta supervisión y control de la Administración.

La actividad minera, al influir de manera directa sobre el entorno en el que se desarrolla (tanto a nivel medioambiental como social), ha de estar ligada a unos procesos estrictos que aseguren la calidad de las actuaciones:

1. Fase de Investigación

El punto de partida de un proyecto minero siempre es la recopilación de información y la ampliación del conocimiento geológico de la zona a investigar, con el objetivo de identificar y evaluar el recurso geológico. Asimismo, durante esta fase también se toman muestras del suelo y vegetales para poder llevar a cabo las tareas de recuperación. Además se analiza la viabilidad técnica y económica del aprovechamiento del material.

2. Fase de Aprovechamiento

El concepto de aprovechamiento engloba el conjunto de actividades destinadas a la explotación, preparación, concentración y obtención de beneficio de un recurso mineral.

En la actualidad, los recursos minerales explotados se destinan a actividades básicas como:

  • La construcción.
  • La industria automovilística.
  • El sector aeronáutico.
  • El sector naval.
  • La electrónica y la informática.
  • La elaboración de vidrio y cerámica.
  • La industria farmacéutica.
  • La agricultura y la ganadería.

3. Fase de restauración

La fase de restauración es la rehabilitación del espacio natural afectado tanto por las actividades extractivas como por las instalaciones asociadas a estas, incluidos los residuos mineros. Esta fase tiene lugar una vez que finaliza la actividad minera, aunque cada vez más a menudo, siempre que sea posible, se realiza a medida que se va avanzando en la explotación. La restauración tiene la aspiración constante de dar al terreno un valor de uso igual o superior al que tenía antes de iniciarse la actividad extractiva. Los titulares de las concesiones o las autorizaciones de explotaciones de recursos mineros tienen la obligación de asegurar la ejecución de la restauración del espacio natural afectado mediante el establecimiento ante la Administración de garantías financieras antes de comenzar las labores de aprovechamiento.