Protección de los trabajadores contra el riesgo por inhalación de polvo

Obligación para direcciones facultativas en vigor y expedientes en tramitación

La Disposición Transitoria Única de la Orden TED/252/2020, de 6 de marzo, por la que se modifican las Instrucciones Técnicas Complementarias 02.0.01 «Directores Facultativos» y 02.1.01 «Documento sobre Seguridad y Salud» contiene la obligación de comunicar tanto las direcciones facultativas en vigor de cada centro de trabajo, así como aquellos nombramientos pendientes de autorización que se encuentren en tramitación.

Para ello, se deberán adaptar al procedimiento de comunicación previsto en el apartado 4 de la instrucción técnica complementaria 02.0.01 «Dirección facultativa». Son las Autoridades Mineras las que determinarán el plazo dentro del cual el empresario debe comunicar la designación de la dirección facultativa del centro de trabajo, que en todo caso, deberá finalizar antes del 31 de diciembre de 2020.

Más información:  https://www.boe.es/eli/es/o/2020/03/06/ted252

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