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Indicaciones para la aplicación del RD-L 10/2020 en el sector minero

Tras la aplicación del Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra lo COVID-19, la Dirección Xeral de Enerxía e Minas de la Xunta de Galicia ha trasladado una serie de parámetros para poder llevar a cabo la aplicación del decreto.

Empresas esenciales para asegurar el abastecimiento de la población y los servicios esenciales

Dentro del número 1 del Anexo del Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, se especifican las actividades que deben continuar desarrollándose. Entre ellas, aquellas actvidades que participan en la cadena de producción, distribución y abastecimiento de bienes y servicios esenciales, y la aquellas imprescindibles para el mantenimiento de las actividades productivas de la industria manufacturera que ofrecen los suministros, equipos y materiales necesarios para el correcto desarrollo de las actvidades esenciales.

Por ello, aquellas empresas que deban continuar con su actividad, o con parte de ella, se acogerán al artículo 5 del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, de acuerdo con el cual, el director facultativo responsable establecerá las disposiciones internas de seguridad que regulen la actividad interna de la empresa explotadora, las cuáles han de ser presentadas ante los órganos competentes.

Paralización de actividades mineras

Todas aquellas empresas mineras que deban acogerse a la paralización establecida por el Real decreto, deberán realizar la misma garantizando la aplicación de la legislación sectorial en materia de minas. Por lo que la suspensión de trabajos mineros ha de ser puesta en conocimiento del órgano territorial competente, acompañada de una memoria en la que se detallen las medidas de seguridad, conservación y vigilancia que se adopten, que en todo caso deben quedar garantizadas para la protección de personas y bienes y para prevenir un impacto negativo en el entorno.