08 Ene Inclusión del polvo de sílice cristalina en la directiva de protección contra agentes carcinógenos
La Unión Europea acaba de incluir los “trabajos que supongan exposición al polvo respirable de sílice cristalina generado en un proceso de trabajo” en la Directiva 2004/37/CE, relativa a la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes carcinógenos o mutágenos durante el trabajo.
Este es uno de los cambios que recoge la Directiva 2017/2398 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de diciembre de 2017, publicada por el Diario Oficial de la Unión Europea el pasado 27 de diciembre. El añadido se hace en el anexo 1 de la Directiva 2004/37/CE.
Además, se establece un valor límite para el polvo respirable de sílice cristalina (fracción respirable) de 0,1 mg/m3. La norma publicada indica que existen “pruebas suficientes de que el polvo respirable de la sílice cristalina es cancerígeno”, por lo que procede establecer un valor límite que debe estar sujeto a revisión.
En este sentido, se introduce el artículo 18 bis, según el cual la Comisión Europea evaluará “si es necesario modificar el valor límite para el polvo respirable de sílice cristalina” y propondrá las modificaciones necesarias.
Guías de buenas prácticas
Por otra parte, en el texto se reconocen como “instrumentos útiles y necesarios” los ejemplos y guías de buenas prácticas elaborados por la Comisión, los Estados miembro o los interlocutores sociales, u otras iniciativas como el diálogo social “Acuerdo sobre la protección de la salud de los trabajadores a través de la idónea manipulación y el buen uso de la sílice cristalina y de los productos que la contienen” (ver acuerdo).
Señala que estas herramientas complementan las medidas reguladoras y apoyan la aplicación efectiva de valores límite, “por lo que debe considerarse seriamente su utilización”. Además, “incluyen medidas para prevenir o minimizar la exposición, como la eliminación con ayuda de agua para evitar que el polvo se desparrame en el aire en el caso de la sílice cristalina respirable”, añade.
Entrada en vigor
Los estados miembro tienen como límite el 17 de enero de 2020 para poner en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para darle cumplimiento a los cambios que introduce esta noticia Directiva.