Cursos de formación preventiva por puesto de trabajo (ITC 02.1.02)

La Cámara Oficial Mineira de Galicia, con el apoyo del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, está organizando cursos de formación preventiva por puesto de trabajo para empleados del sector minero.

En base a la demanda por tipo de curso y por localización geográfica registrada en la preinscripción realizada en enero de este año, hemos programado los siguientes cursos:

Características de los cursos:

Tipo de cursos:
Formación en seguridad y salud laboral, obligatorios para el desempeño del puesto de trabajo.
Modalidad:
Presencial, interactivo.
Precio/Facilidades:
GRATUITO  (financiado por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo).
Duración:
Iniciales: 20 h/curso. Actualización de conocimientos: 5 h/curso.
Organización:
Iniciales: 4 días/curso, a razón de 5 h/día, viernes y sábados de dos semanas consecutivas.
Actualización de conocimientos: 5 h/curso en un día.
Horario:
Iniciales: viernes 16 a 21 h y sábados 9 a 14 h.
Actualización de conocimientos: viernes 16 a 21 h.
Entidad formadora:
ESM Instituto de Investigación en Seguridad y Factores Humanos, autorizada por el Ministerio de Trabajo y Asuntos sociales para desarrollar y certificar actividades formativas en materia de prevención de riesgos.
Material para los trabajadores:
Manual, bloc de hojas y bolígrafo.
Control y evaluación:
Control diario de asistencia (se exige una asistencia continuada del 80%).
Resolución de casos prácticos.
Evaluación final de conocimientos (individual).
Título
Certificado de participación en el curso, acreditación que capacita para el desempeño de las funciones del puesto.
Dirigido a:
Trabajadores de explotaciones mineras gallegas.

 

Estos cursos se ajustan a lo dispuesto en la ITC 02.1.02 «Formación preventiva para el desempeño del puesto de trabajo», del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, y a las siguientes Especificaciones Técnicas:

  • 2000-1-08. Formación preventiva para el desempeño del puesto de operador de maquinaria de transporte, camión y volquete, en actividades extractivas de exterior. Trabajadores que deben poseerla: operadores de maquinaria de transporte en actividades extractivas de exterior, en particular los operadores de volquete y conductores de camión. Frecuencia máxima de reciclaje de conocimientos: 2 años.
  • 2001-1-08. Formación preventiva para el desempeño del puesto de operador de maquinaria de arranque/carga/viales, pala cargadora y excavadora hidráulica de cadenas, en actividades extractivas de exterior. Trabajadores que deben poseerla: operadores de maquinaria de arranque/carga/viales en actividades extractivas de exterior, en particular los operadores de pala cargadora y de excavadora hidráulica de cadenas. Frecuencia máxima de reciclaje de conocimientos: 2 años.
  • 2004-1-10. Formación preventiva para el desempeño de los puestos de trabajo encuadrados en los grupos 5.4 letras a), b), c), d), e), f), g), h), j), k), l), m), y 5.5 letras a), b) y d) del apartado 5 de la Instrucción Técnica Complementaria 02.1.02 (trabajadores de plantas y oficinas). Deben poseerla los trabajadores de los siguientes puestos de plantas y oficinas: 5.4.a) Técnicos titulados, 5.4.b) Encargados y/o vigilantes, 5.4.c) Operadores de trituración/clasificación, 5.4.d) Operadores de molienda, 5.4.e) Operadores de estrío, 5.4.f) Operadores de separación y concentración, 5.4.g) Operadores de hornos, 5.4.h) Operadores de mezclas, 5.4.j) Operadores de plantas de materiales para la construcción, 5.4.k) Operadores de plantas de rocas ornamentales, 5.4.l) Operadores de laboratorio, 5.4.m) Operadores de mantenimiento mecánico y/o eléctrico, 5.5.a) Dirección, 5.5.b) Técnicos titulados que no participan en el proceso productivo, 5.5.d) Administración y personal de servicios distintos a los de mantenimiento. Frecuencia máxima de reciclaje de conocimientos: 4 años para los puestos 5.4 a) Técnicos titulados, b) Encargados y/o vigilantes, g) Operadores de hornos, l) Operadores de laboratorio, y 5.5 a) Dirección, b) Técnicos titulados que no participan en el proceso productivo y d) Administración y personal de servicios distintos a los de mantenimiento. 2 años para los puestos del grupo 5.4 letras c) Operadores de trituración/clasificación, d) Operadores de molienda, e) Operadores de estrío, f) Operadores de separación y concentración, h) Operadores de mezclas, j) Operadores de plantas de materiales para la construcción, k) Operadores de plantas de rocas ornamentales, y m) Operadores de mantenimiento mecánico y/o eléctrico.

Esta formación tiene carácter habilitante para el desempeño del puesto de trabajo, por lo que su realización es obligatoria y debe renovarse cada 2 o 4 años en función de cada puesto.